Podrán escriturar en forma gratuita los propietarios de viviendas únicas en Baigorria

El Ministro de Desarrollo Social Jorge Alvarez y Victor Bocco potenciarán la Ley Pierri en la ciudad 

Victor Bocco mantuvo una reunión con el Ministro de Desarrollo Social de Santa Fe, Jorge Alvarez, acerca de cómo ayudar a los Baigorrienses carenciados que ocupen inmuebles desde antes de 2006 y cuyo destino principal sea casa habitación única y permanente para escriturar su terreno mediante la Ley Pierri

En este trámite se contemplan dos situaciones:

Si el titular registral del inmueble presta el consentimiento para el trámite, se otorga una escritura traslativa del dominio. Si el titular registral del inmueble falleció o no se conoce su paradero, se realizará un Acta Notarial de Reconocimiento de la Posesión, la que se inscribe en el Registro de la Propiedad, y a los 10 años se consolida, adquiriendo el beneficiario el dominio pleno

Para realizarlo hay que completar una solicitud con firma certificada en Tribunales y fotocopias certificadas (en Tribunales) de:

Documento de identidad del titular y grupo familiar conviviente en el domicilio al momento de iniciar tramite

Boleto de compraventa. (si hubiese) o certificación policial donde conste fecha de ocupación

En caso de ser casado, fotocopia libreta de matrimonio

Impuesto inmobiliario. (si hubiese anteriores al 2006 y hasta la fecha un comprobante por año)

Tasa municipal (si hubiese anteriores al 2006 y hasta la fecha un comprobante por año)

Facturas de servicios (agua, luz, teléfono, etc.) y/o cualquier documentación que pueda dar cuenta de la antigüedad en la vivienda (cartas, comprobantes de compras, carnet de vacunas, boletines escolares, etc.), si hubiese anteriores al 2006 y hasta la fecha, un comprobante por año, o constancia policial certificando domicilio.

En caso de ser divorciado, acta de divorcio

En caso de viudez, certificado de defunción cónyuge

Declaratoria de herederos si lo hubiese

El trámite es gratuito y en caso de producirse la escrituración, se deberá abonar una contribución única del 1% del avalúo fiscal, importe que se deposita en una cuenta especial creada al efecto en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A.

Quedan excluidos de este beneficio quienes sean propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda.

Para mayores informes contactarse con el facebook de Victor Bocco o al t.e. particular 155709269

Comentar