El cupo pasa de 10 a 30 personas cómo máximo para asistir en templos y parroquias.
A partir de lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, la capacidad de personas en reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, se amplió de 10 a 30 personas.
Las condiciones vigentes para el desarrollo de tales celebraciones son las siguientes:
◾Concurrencia al lugar con elementos de protección de nariz, boca y mentón.
◾Asegurar la permanente ventilación del espacio.
◾El máximo de ocupación no puede superar el cincuenta por ciento (50%) de la superficie total.
◾Las actividades o celebraciones no pueden superponerse. Deben tener sí o sí una pausa entre ellas para desinfección y limpieza del lugar utilizado.