El senador Traferri prevé modificar el artículo 103 del actual Código de Faltas de Tránsito y amplía nuevas sanciones para los conductores en falta.
El Senador por el Departamento San Lorenzo, Armando Traferri, presentó un proyecto de ley que plantea modificar el artículo 103 del Código de Faltas de Tránsito de Santa Fe, con el fin de incrementar el monto de multas para el transporte ilegal de pasajeros. Para ello, se prevé una serie de sanciones económicas que inician desde los 30 U.F. (Unidad Fija, las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial) hasta los cinco mil U.F; y hasta la inhabilitación para quienes incumplan con alguna de las normativas que establece el texto.
Traferri, expresó sobre el proyecto: “Proponemos modificar el Artículo 103 del Código, el cual refiere al servicio de transporte o el conductor de vehículos destinados al transporte de pasajeros o de carga. En ese esfuerzo y en pos de mejorar la eficacia de los operativos es que se exigen estos cambios en la normativa. El transporte ilegal de pasajeros es muchas veces utilizado por desconocimiento o desinformación de los usuarios ya se desconoce que el mismo no ha cumplido con los requisitos vigentes”.
Para ello, se propone ampliar las normativas del art. correspondiente e implementar 12 medidas para llevarlo a cabo: “Vemos necesario que se posibiliten sanciones más severas para los casos en que se verifique el transporte ilegal de pasajeros. Este tipo de transporte se puede dar en taxis o remises ilegales, pero también puede prestarse en transportes de fantasía, plataformas electrónicas de transporte u otro tipo de vehículo”, sostuvo el legislador sanlorencino.
Los principales motivos de sanción son: “por circular sin permiso, concesión, habilitación o inscripción del servicio, emanado de autoridad competente”; “por prestar un servicio de transporte de pasajeros sin el permiso, autorización, concesión, habilitación, o inscripción que la normativa aplicable requiera, sin perjuicio de la sanción pertinente”; “cuando el conductor de un servicio de transporte de pasajeros preste un servicio para el cual no está habilitado o en infracción al mismo”; “cuando los Vehículos de transporte de pasajeros no cumplan con la Verificación Técnica correspondiente, el/la titular o responsable de un servicio de taxis, de transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía o cualquier otro vehículo que transporte pasajeros que lo explote con vehículos que no cumplan con la Verificación y/o inspección técnica exigida por la normativa vigente”; “cuando el/la titular o responsable de un servicio de taxis, transporte de escolares, remises, vehículos de fantasía o cualquier otro vehículo que transporte pasajeros, que brinde el servicio con vehículos que incumplan alguna de las normas que regulan los respectivos servicios”. Éste último punto será motivo de inhabilitación para el conductor.
Además, informó que “tanto los titulares de las licencias como los conductores de los vehículos deben realizar un curso teórico y exámenes psicofísicos para renovar las licencias por ejemplo de taxi y de conductores de taxi. Se hace mucho esfuerzo, tanto por parte del Gobierno como de los actores envueltos en el transporte público, para cumplir las exigencias impuestas para prestar el servicio. Además los conductores de estos servicios y del Transporte Público en general requieren licencias de conducir profesionales con requisitos y exigencias más amplias”.
El fin de este proyecto es garantizar la seguridad de los pasajeros que acuden por “desconocimiento o desinformación” a este tipo de vehículos: “Los peligros e inconvenientes que esta situación pueda acarrear nos obliga a sumar esfuerzos para impedir que funcione en la ilegalidad debido a el peligro que conlleva a terceros, se otorga la facultad de sancionar a los infractores debidamente, incluyendo nuevos actores que surgen con la digitalización de nuestros tiempos, y para los cual no hay normativas vigentes que protejan a los usuarios”.