Seguro, bocina, mayor de edad, luces entre los requisitos
El Concejo Municipal de Capitán Bermúdez aprobó este martes de una ordenanza destinada a regular la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad. La propuesta apunta a establecer reglas claras para el uso de monopatines eléctricos, monociclos, hoverboards y otros dispositivos similares, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y promover una movilidad sustentable
Los rodados podrán transitar por las calles del ejido urbano de Capitán Bermúdez, aunque quedará prohibida su circulación por la Ruta Nacional 11 debido al intenso tránsito de vehículos pesados. Tampoco podrán circular por la avenida Manuel Belgrano (interurbana), donde deberán utilizar la bicisenda paralela existente. En sectores sin infraestructura específica, deberán hacerlo por el margen derecho de la calzada.
La ordenanza establece una serie de requisitos obligatorios para circular, entre ellos: sistema de frenos eficiente, base de apoyo para los pies, uso obligatorio de casco, timbre o bocina, elementos reflectantes, luz delantera blanca y trasera roja, potencia máxima de 500 watts, condiciones seguras para baterías y cargadores y seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros.
Entre las conductas prohibidas se encuentran circular por veredas, cruzar semáforos en rojo, transportar pasajeros, circular sin DNI, superar los 25 km/h, conducir bajo los efectos del alcohol o drogas y estacionar en lugares no permitidos.
El proyecto también fija en 18 años la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal dentro de la ciudad
La iniciativa define como vehículos de movilidad personal a aquellos autopropulsados por energía eléctrica, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora y una potencia máxima de 500 watts. Entre ellos se incluyen monopatines eléctricos, bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, monociclos, hoverboards y segways.